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Lactancia con Igualdad: lo que deben saber las empresas

9 de mayo de 2025 por
Lactancia con Igualdad: lo que deben saber las empresas
PC
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🍼 Lactancia con Igualdad: Lo que las Empresas Deben Saber tras la Sentencia C-071 de 2025 ⚖️


👩‍⚖️ El 27 de febrero de 2025, la Corte Constitucional de Colombia emitió la Sentencia C-071 de 2025, marcando un hito en la protección de los derechos de personas lactantes más allá del género tradicionalmente reconocido en la ley. Esta sentencia responde a una demanda por el uso exclusivo de los términos "mujer", "madre" y "trabajadora" en la Ley 2306 de 2023 y en el artículo 238 del Código Sustantivo del Trabajo.

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📌 Resumen clave de la sentencia

¿Qué se demandó?

Se alegó que la ley excluía injustamente a hombres trans y personas no binarias en etapa de lactancia, violando así el derecho a la igualdad y la no discriminación (artículos 13 y 43 de la Constitución).

¿Qué decidió la Corte?

Declaró exequibles los términos usados, pero con un condicionamiento: se deben interpretar en el sentido de que las normas aplican a todas las personas en etapa de lactancia, sin importar su identidad de género.

¿Por qué?

Porque el lenguaje actual genera una omisión legislativa relativa y crea una desigualdad negativa, que excluye a quienes tienen la capacidad de lactar, pero no se identifican como mujeres.

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📘 ¿Por qué es urgente actualizar el reglamento interno de trabajo?

🔁 El lenguaje importa. Usar términos como “trabajadora lactante” o “madre lactante” ya no es suficiente ni legalmente correcto. Se deben usar expresiones como:

  • "persona lactante"
  • "trabajador o trabajadora en etapa de lactancia"
  • "persona gestante o lactante"

🛑 Ignorar estos cambios puede implicar discriminación, sanciones legales y vulneración de derechos fundamentales.

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🏢 ¿Qué deben hacer las empresas?

Sí deben:

  • 📄 Actualizar el reglamento interno de trabajo, reemplazando lenguaje excluyente.
  • 🗣️ Capacitar a sus equipos en lenguaje inclusivo y derechos laborales actuales.
  • 🛠️ Adecuar salas de lactancia sin distinción de género.
  • 🕒 Garantizar descansos remunerados para toda persona lactante, conforme al artículo 238 del CST.
  • 🤝 Fomentar una cultura organizacional libre de estigmas y discriminación.

No deben:

  • ❌ Exigir que la persona se identifique como mujer para acceder a beneficios.
  • ❌ Negar el uso de salas de lactancia a hombres trans o personas no binarias.
  • ❌ Omitir la actualización del lenguaje legal en documentos institucionales.
  • ❌ Permitir tratos diferenciados o restrictivos basados en la identidad de género.

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💡 Reflexión final

Esta sentencia no solo corrige una omisión legal, sino que reafirma que la protección de la maternidad y la lactancia debe ser inclusiva, actualizada y respetuosa con la diversidad. Las empresas que se ajusten no solo estarán cumpliendo con la ley, sino también liderando una transformación social hacia la equidad y el respeto de todos los cuerpos que cuidan, nutren y crían.

📣 ¡Es hora de hablar de lactancia con inclusión y de construir entornos laborales verdaderamente seguros y justos para tod@s! 🌈👶

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Descarga la sentencia aqui.

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