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Reporte obligatorio de vacantes lo que toda empresa debe saber

12 de febrero de 2026 por
Reporte obligatorio de vacantes lo que toda empresa debe saber
SOFIA CAMACHO
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💼📢 ¡Nueva Resolución 4568 de 2025! Lo que cambia para los empleadores al reportar sus vacantes

El Ministerio del Trabajo expidió la Resolución 4568 del 12 de diciembre de 2025, que modifica lineamientos esenciales sobre el reporte de vacantes al Servicio Público de Empleo (SPE), obligación legal para todos los empleadores en Colombia según el artículo 31 de la Ley 1636 de 2013 modificado por la Ley 2225 de 2022. 

¿La razón? El Gobierno busca mejorar la transparencia, la calidad del empleo, la articulación entre empresas y oferentes, y actualizar la reglamentación frente a los cambios del mercado laboral y la normativa vigente.

¡Aquí te explico de forma sencilla y útil qué implica todo esto para tu empresa! 👇🙂

🧭 ¿Qué cambió con la Resolución 4568 de 2025?

La resolución actualiza el “qué, cómo y cuándo” del reporte de vacantes al SPE por parte de todos los empleadores (privados y no sometidos al régimen del servicio civil) y ajusta la forma de excepción de publicación para ciertos cargos. En concreto:

  • Confirma la obligación legal de reportar vacantes (Ley 1636 de 2013, art. 31, modificado por Ley 2225 de 2022) y el plazo de 10 días hábiles desde que la vacante existe, vía un prestador autorizado del SPE. 🔔
  • Precisa el contenido mínimo que debe tener toda vacante (p. ej., cargo, salario, ubicación, nivel de cualificación, CUOC, fechas de publicación y vencimiento —máx. 6 meses—, modalidad de trabajo), e introduce campos de cualificación alineados con la Clasificación Única de Ocupaciones de Colombia (CUOC). 📋
  • Obliga a los prestadores a transmitir diariamente al Sistema de Información del SPE las vacantes registradas; si no lo hacen, la UAESPE reportará el incumplimiento para las actuaciones de ley. ⏩
  • Redefine las excepciones de publicación (qué puede no publicarse y cómo pedirlo) en casos de cargos estratégicos, proyectos especiales, posiciones directivas en industrias especializadas, riesgos a estabilidad del sistema financiero o seguridad nacional, y vacantes cerradas para ascenso interno. 🔒 

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🧩 Contenido mínimo de la vacante 

La resolución trae un listado detallado de campos obligatorios. Mira los más sensibles para RR. HH. y selección:

  • Título de la vacante, cargo, cantidad de vacantes y descripción (funciones y requisitos). 🧾
  • Salario (“valor fijado o a convenir”) y tipo de vinculación (tipo de contrato y modalidad de trabajo: presencial, virtual o mixta). 💵💼 
  • Ubicación geográfica (país, departamento, municipio) y sector económico. 🗺️
  • Ocupación de interés (códigos CUOC), destrezas y conocimientos (también con CUOC), vía y nivel de cualificación (educación formal/para el trabajo o “no requiere”), profesión/título/certificado, tiempo de experiencia. 🎓 ⏱️ 
  • Fechas de publicación y de vencimiento (máx. 6 meses). 📆 
  • Confidencialidad: el empleador puede solicitar al prestador no hacer públicos el nombre/razón social y el NIT (se registran en el sistema, pero se ocultan al público). 🤫 

La UAESPE definirá los lineamientos técnicos para cómo se transmiten y publican estas variables (y cómo se complementa la hoja de vida). 

📊 Cuadro comparativo: Antes vs. Ahora 

TemaAntesAhora (Res. 4568/2025)
Plazo para reportar10 días hábiles desde existencia (vía prestador)Se mantiene: 10 días hábiles; refuerza seguimiento por MinTrabajo/UAESPE. ⏱️
Contenido mínimoLineamientos Res. 2605/2014Se actualiza y precisa: cargo, salario, ubicación, CUOC (ocupación, destrezas), cualificación, modalidad, fechas (vencimiento máx. 6 meses). 🧩
Transmisión por prestadorReporte regularDiario y obligatorio; si no reporta, UAESPE informa incumplimiento (art. 2.2.6.1.2.44 D. 1072/2015). 🚚
Excepciones de publicaciónProcedimiento generalDefine categorías y trámite: estratégicos, proyectos especiales, direcciones en industrias especializadas, riesgo sistémico/seguridad, ascensos; exige solicitud expresa y declaración bajo responsabilidad. 🔐 
Vigilancia y monitoreoUAESPE y MinTrabajoSe reafirma: UAESPE promueve/monitorea registro; reporta excepciones semestralmente a la Dirección de Generación y Protección del Empleo. 📡

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🧑‍⚖️ ¿Cuándo puedo no publicar una vacante?

La norma acota cinco supuestos:

  1. Cargos estratégicos (nivel directivo/estratégico con decisiones de impacto transversal).
  2. Proyectos especiales (dirección/estrategia del proyecto).
  3. Posiciones directivas en industrias especializadas (hidrocarburos, eléctrica, minera).
  4. Riesgo sistémico o seguridad nacional (si publicar afecta estabilidad financiera o la seguridad).
  5. Vacantes para ascenso (dirigidas solo a personal ya vinculado).
    Para pedir la excepción, el representante legal o líder de Talento Humano debe:
  • Solicitar por escrito la no publicación al momento del registro ante el prestador; y
  • Declarar bajo su responsabilidad que encaja en alguno de esos cinco supuestos. 📝
    El prestador no publica si se cumplen las condiciones y transmite la vacante marcándola como exceptuada; la UAESPE informará semestralmente estas excepciones a la Dirección competente. 

Ojo: si no hay justificación válida, se debe publicar (regla general del art. 31 de la Ley 1636/2013 y D. 1072/2015). 🚦

🧪 Ejemplos rápidos 

  • Confidencialidad razonable: una empresa que abre la posición “Gerente de Seguridad de la Información – Sector financiero” puede ocultar su nombre/NIT por confidencialidad comercial (par. art. 3) y solicitar no publicación si su divulgación puede exponer riesgos al sistema financiero (categoría 4). 🔐
  • Proyecto especial: compañía minera lanza vacante “Director de Integración de Proyecto de Expansión”; por tratarse de dirección de proyecto especial (categoría 2) solicita la excepción con declaración expresa y el prestador transmite sin publicar. ⛏️ 
  • Ascenso interno: empresa quiere cubrir “Jefe de Turno” solo con personal propio (plan de carrera). Registra la vacante, pide no publicar (categoría 5) y documenta la decisión. 🔁 

✅ Buenas prácticas empresariales (RR. HH., Selección y SST)

  • Checklist de contenido mínimo: arma una plantilla de vacantes con todos los campos (cargo, salario, ubicación, CUOC, cualificación, fechas, modalidad). Evita rechazos por información incompleta. 📑 
  • Mapa CUOC: define con tu equipo las ocupaciones, destrezas y conocimientos según CUOC por familia de cargos; agiliza los registros y mejora la calidad de los matches. 🧭
  • Plazos bajo control: establece SLA internos para reportar en ≤10 días hábiles; si usas varios prestadores, alinea transmisión diaria y pide acuses. ⏱️
  • Protocolo de excepción: cuando sea necesario no publicar, documenta la causal (1–5), firma declaración y guarda evidencia del registro y del acuse del prestador. 🗃️
  • Vigencia y calidad: fija fechas de vencimiento realistas (máx. 6 meses) y actualiza la vacante si cambia la necesidad; un SPE con información limpia te ayuda a contratar mejor. 🌱 

❌ Malas prácticas (que te cuestan tiempo y sanciones)

  • No reportar en 10 días o reportar a destiempo “hasta que cierre el proceso”. ⛔ 
  • Copiar/pegar descripciones pobres sin CUOC, sin cualificación ni modalidad; el SPE pierde efectividad y la postulación se “desordena”. ⛔ 
  • Pedir “no publicación” sin causal válida o sin declaración bajo responsabilidad; el prestador puede exigir publicación. ⛔
  • Dejar el NIT visible cuando hay legítima confidencialidad (competencia desleal, fuga de información). ⛔ 

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📚 Mini‑glosario útil

  • SPE: Servicio Público de Empleo; todos los empleadores deben reportar vacantes (con excepciones) y usar prestador autorizado. 🏢
  • UAESPE: Unidad Administrativa Especial del SPE; recibe transmisión diaria, monitorea y remite incumplimientos. 🛰️ 
  • CUOC: Clasificación Única de Ocupaciones de Colombia; estandariza ocupaciones, destrezas y conocimientos en los registros. 🧠

📌 

La Resolución 4568 de 2025 no inventa la obligación; la ordena mejor: define contenido mínimo, exige transmisión diaria por el prestador y regla las excepciones de publicación con trazabilidad y responsabilidad. Cumplir “al milímetro” te ahorra reprocesos, tiempos y riesgos. ✅ 

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  • ✔ Revisar que los perfiles laborales estén alineados con los riesgos del SG‑SST.
  • ✔ Prevenir sanciones por incumplimiento de normas laborales.
  • ✔ Verificar vacantes y perfiles según exigencias del SPE.
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  • ✔ Acompañar auditorías internas y externas.

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