¿Qué nos enseña el caso SL2137-2025 sobre pensiones convencionales del ISS y la UGPP? Guía clara para empresas y trabajadores 🧭
Un ex trabajador del antiguo ISS pidió su pensión de jubilación convencional (la que nace de la Convención Colectiva 2001–2004 del ISS).
La UGPP se la negó; el Tribunal de Cali se la reconoció desde abril de 2015, y el tema llegó en casación.
La Corte no casó la decisión del Tribunal, es decir, mantuvo el reconocimiento y precisó cómo se calcula la mesada.
Claves que dejó la Corte:
- La Convención 2001–2004 sí seguía vigente para efectos pensionales en el punto debatido y cobija a quienes cumplieron 20 años de servicio y 55 años (hombres) / 50 (mujeres) dentro de los rangos allí fijados.
- El cálculo de la pensión se hace con factores cerrados (lista taxativa) que la misma cláusula 98 enumera:
a) Asignación básica mensual, b) Prima de servicios y vacaciones, c) Auxilio de alimentación y transporte, d) Recargos nocturnos, horas extra, e) Dominicales y festivos. No entran otros rubros si no están escritos allí. - La Corte ratificó que, si la convención define la fórmula, hay que seguirla tal cual (no se “agregan” factores similares por analogía).
- Se mantuvieron valores y periodos definidos por el Tribunal (pensión desde 01/04/2015, retroactivos, e indexación en lugar de intereses moratorios).
📌 ¿Qué es una pensión “convencional”?
Es una pensión extra-legal que nace de una convención colectiva (un acuerdo entre sindicato y empleador). No es la pensión de vejez ordinaria de Ley 100.
Por eso, la convención manda: quiénes tienen derecho, cuándo, y con qué factores se calcula. Si la convención trae la regla, esa se aplica.
🧮 ¿Cómo se calculó la mesada en este caso?
La convención dice que, para quienes se jubilan entre 2007 y 2016, la mesada es el 100% del promedio mensual de lo percibido en los últimos 3 años, considerando solo los factores listados (arriba).
En el expediente, el Tribunal tomó los ingresos mes a mes, los indexó y halló la primera mesada, además del retroactivo y la diferencia frente a la pensión de vejez legal después del 21/12/2021. La Corte confirmó.
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Moraleja: si la cláusula trae una lista cerrada, no se suman otros pagos (como primas extralegales o incrementos por servicios) que no aparecen en esa lista, aunque suenen “parecidos”.
✅❌ Buenas y malas prácticas empresariales
| Situación | Buena práctica (¡haz esto!) | Mala práctica (evita esto) |
|---|---|---|
| Interpretar la convención | Leer la cláusula exacta y aplicar solo los factores que la convención enumera; documentar criterio jurídico en acta interna. | “Completar” la lista con pagos “parecidos” (p. ej., prima extralegal como si fuera la prima de servicios de la lista) sin que esté escrito. |
| Responder solicitudes de pensión | Resolver en términos y con motivación clara, citando la convención y las hojas de cálculo anexo por mes y factor. | Negar genéricamente o con fórmulas vagas (“no procede”) sin desagregar periodos y rubros (riesgo de condenas y retroactivos). |
| Archivo probatorio | Conservar informes de acumulados y desprendibles de los últimos 3 o 4 años (según convención), con recargos, auxilios y vacaciones. | No tener soportes o perderlos; calcular “a ojo” y forzar al juez a reconstruir historia (costas e indexaciones). |
| Intereses vs indexación | Entender que, en pensión convencional, la jurisprudencia puede preferir indexación sobre intereses moratorios de Ley 100 (caso a caso). | Pedir o pagar intereses moratorios como si fuera pensión legal sin sustento, o desconocer la indexación ordenada. |
| Capacitación interna | Formar a nómina y jurídico en numerus clausus (lista cerrada), y en vigencias de cláusulas pensionales. | Suponer que “todo lo salarial” entra al cálculo por default. No siempre: depende del texto. |
🧠 Mini glosario para todo público
- Asignación básica: El salario fijo del cargo.
- Prima de servicios (legal): Pago adicional semestral que reconoce la ley. Ojo: distinto de la prima extralegal.
- Lista taxativa (numerus clausus): Cuando la convención cierra la lista de factores; solo valen los que nombra.
- Indexación: Actualizar valores por pérdida de poder adquisitivo del dinero.
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🛡️ Conexión con SST y relación con la ARL
Aunque este caso es pensional, en la práctica las malas prácticas en nómina y gestión de talento se “contagian” a SST:
- Si no hay trazabilidad de jornadas (nocturnos, dominicales, extras), fallan dos cosas: cálculo pensional y gestión de fatiga/riesgo (SST).
- Un intermediario especializado con la ARL ayuda a ordenar soportes, gestionar incapacidades y prevenir sanciones que luego impactan prestaciones y litigios. (Ver cierre con HOYMEASEGURO).
📝 Checklist express para empresarios
- 📄 Ubica la convención aplicable y lee la cláusula pensional
- 📊 Arma una hoja de cálculo con solo los factores listados (a–e) por mes en los últimos 3 años.
- 🕒 Indexa según el método que el juez o la convención indiquen (si hay litigio, documenta el índice usado).
- ✉️ Responde por escrito con explicación simple, anexos y referencias a la convención (evita negativas genéricas).
- 🧑🏫 Capacita a nómina y jurídico en listas cerradas y diferencias entre prima legal y extralegal.
- 🧷 Integra SST: registra extras/nocturnos (sirve para pensión y para planes de fatiga y turnos seguros).
🧱 Errores que cuestan (y cómo evitarlos)
- Sumar “por parecido”: “si entra prima de servicios, meto la extralegal”. No. Revisa si la convención la nombra.
- Descontar vacaciones de la asignación básica sin sustento. La Corte observó que esa queja ni siquiera se soportó bien en el recurso. Evita inventar reglas.
- Pelear intereses moratorios de Ley 100 en pensión convencional sin argumento: la tendencia puede ser indexar.
⚖️ Lecciones jurídicas rápidas
- La convención manda si define la fórmula (monto y factores). El juez la respeta.
- Si la lista de factores es cerrada, la interpretación es restrictiva (no se agregan conceptos por analogía).
- El principio de favorabilidad no autoriza a “crear” factores cuando el texto es claro y taxativo.
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🤝 ¿Por qué conviene un intermediario de ARL como HOYMEASEGURO?
Porque en el mundo real, la frontera entre nómina, SST y prestaciones es delgada. Un aliado experto te ayuda a:
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- Gestionar incapacidades y reintegros con enfoque preventivo (menos errores, menos litigios).
- Capacitar al equipo en controles de fatiga, turnos seguros y registro fiel de horas (impacta el cálculo futuro).
- Responder reclamaciones con trazabilidad y lenguaje claro, reduciendo riesgos de condenas por retroactivos e indexación.
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